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Poder general o especial
Poder general o especial
El PODER GENERAL es un Instrumento o Escritura Pública que se otorgada ante un Notario Público o ante un Consulado o Embajada. En este documento se refleja la voluntad de una persona física o jurídica de AUTORIZAR y DELEGAR a otra parte (persona), LA POTESTAD DE ACTUAR EN NOMBRE DEL OTORGANTE en determinados actos administrativos. Por ejemplo, un poder general permite al apoderado vender, comprar, hipotecar, arrendar, aceptar herencias, legados, renunciar, transigir, en fin, tomar cualquier decisión respecto a los negocios o bienes del poderdante.
Así, para que los actos realizados generen efectos jurídicos, el representante deberá acreditar su condición de apoderado, y una manera de hacerlo es a través de la copia autorizada del poder que le habrá puesto en disposición el poderdante.
Ahora bien, por regla general, un PODER GENERAL durará todo el tiempo que el poderdante (persona que otorga el poder) lo desee. En consecuencia, las facultades otorgadas en el Poder General en el contexto de actuación son amplias, no existe una fecha de caducidad y el periodo de uso es ilimitado. Esto quiere decir que, una vez concedido un Poder General, este seguirá vigente hasta que el poderdante decida revocarlo y dejarlo sin efecto. Para ello, habrá que tramitar otro poder u otra escritura de revocación del poder.
El PODER ESPECIAL es aquel que se otorga para uno o más asuntos específicos, sean estos administrativos o judiciales, lo que limita la facultad del apoderado a los asuntos expresamente contenidos en el poder. El poder especial restringe lo que el apoderado puede hacer. Por ejemplo, si el poder otorgado es para firmar el contrato de arrendamiento de un apartamento, el apoderado no puede venderlo, hipotecarlo ni donarlo.
¿Quién puede solicitarlo un Poder?
Cualquier persona mayor de edad, con plenas capacidades y facultades mentales. La persona que desee otorgar un poder tendrá que dirigirse a una Notaría Pública o a un Consulado.
¿Cuáles son los requisitos para hacer un Poder General o Especial?
- Pasaporte o Cédula de Identidad.
- Nombres y Apellidos Completos de la persona a quién se va a autorizar.